Estimada/os Docentes se procede a publicar el LISTADO ÚNICO DE EVALUADORES DE CARRERA DOCENTE de la Universidad Nacional de Rosario.
La presente comunicación alcanza solamente a los Docentes que presentaron Informe de Carrera Docente en el año 2021.
Se transcribe a continuación Artículo 50º de la Ordenanza 744 (Reglamento para la Evaluación de la Carrera Docente).
ARTÍCULO 50º.- Los integrantes ordinarios del claustro docente podrán ejercer el derecho de recusar a los evaluadores por las causales establecidas en el Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Nación para la recusación de los Jueces, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación del Listado Único de Evaluadores, por escrito fundado ante el Consejo Superior, el que resolverá en forma definitiva previa solicitud de informe a quien haya sido recusado.